La facturación en España está a punto de cambiar drásticamente y a muchos los va a pillar desprevenidos, puesto que aunque la obligación de adaptarse a Verifactu para las pymes se ha retrasado finalmente a 2027, son apenas unos meses para un cambio que afecta a la emisión de facturas y el registro de cada operación.
Así que disponer de un software adaptado a Verifactu va a ser necesario para evitar sanciones, ya que el Real Decreto 1007/2023 exige que los programas de facturación garanticen la integridad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros, de tal modo que ninguna factura pueda modificarse, o eliminarse una vez emitida.
Teniendo en cuenta cómo afecta esta normativa, las pymes tienen que poder contar con una plataforma de gestión empresarial que cuente con todas las herramientas que las pequeñas y medianas empresas necesitan, y si además incluye automatizaciones con inteligencia artificial, mucho mejor.
Por eso, en este artículo, queremos contarte qué empresas tienen la obligación de adaptarse a Verifactu, cuáles son los plazos y en general, y qué necesita tu negocio para implementar este cambio normativo y evitar multas.
¿Qué es y qué empresas tienen que hacer Verifactu?
Para los que todavía no lo conocen, Verifactu es el nuevo estándar que la Agencia Tributaria ha creado para que los programas de facturación sean más trasparentes de cara al Estado y limitar con ello la posibilidad de que se produzca algún tipo de fraude fiscal.
Su nombre oficial es VERI*FACTU, el cual como ya te estarás imaginando es una referencia directa a la verificabilidad de las facturas. El reglamento que lo desarrolla, que ya hemos mencionado y que es el Real Decreto 1007/2023, establece los requisitos que deben cumplir todos los sistemas informáticos de facturación que trabajan en España.
Así que no es un impuesto nuevo, o una obligación exclusiva para grandes corporaciones, la verdad es que Verifactu es un requisito técnico que afecta a la herramienta con la que se factura, no al régimen fiscal de quien la usa.
Cualquier empresario, o profesional, que emita facturas por su actividad económica y utilice un software para generarlas, queda dentro del ámbito de aplicación de la norma, lo que incluye a sociedades mercantiles, autónomos, entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades económicas y, en general, de cualquier persona física o jurídica que facture a través de un sistema informático.
Por lo tanto, da igual el tamaño del negocio, o el sector al que se dedique, si la factura se crea con un programa, ese programa tendrá que cumplir con Verifactu, aunque hay dos perfiles de obligados que tendrán un calendario de adaptación diferente.
¿Cuándo empieza a ser obligatorio Verifactu?
Si todavía no está Verifactu en vigor es porque se produjo un retraso en el calendario tras la aprobación del real decreto que modificó el Real Decreto 1007/2023 a finales de 2025. La versión original de la norma fijaba la entrada en vigor para el 1 de enero de 2026 en el caso de las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades, y para el 1 de julio de ese mismo año en el caso del resto de empresarios y profesionales.
Sin embargo, el Gobierno decidió ampliar esos plazos para facilitar la adaptación técnica de los sistemas, así que el resultado es un calendario escalonado que traslada todas las fechas a 2027 y concede a las pymes un margen adicional que, la verdad es que viene muy bien porque muchas pequeñas empresas ni siquiera son todavía conscientes del cambio.
Concretamente, el nuevo calendario establece que las sociedades y entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas de facturación adaptados a Verifactu antes del 1 de enero de 2027, lo que sería una primera fase en las que estarían tanto las grandes empresas, como a las pymes con facturación inferior a seis millones de euros, que inicialmente también tenían que haber cumplido en enero de 2026.
Unos meses después, el 1 de julio de 2027, les llegará el turno a los autónomos y al resto de profesionales que facturan a través de un sistema informático, un colectivo que supera los 3,4 millones de personas en España. Como es lógico, la diferencia de seis meses entre ambos grupos es debida a la distinta capacidad técnica y a los distintos volúmenes de facturación que tienen unos y otros.
¿Qué necesitan las pymes para cumplir con Verifactu?
El problema de esta normativa para las pymes es que cualquier empresa debe asumir que su programa de facturación actual, probablemente, ya no sirva, algo que no sucederá por la propia eficiencia de los programas, ya que es la Agencia Tributaria la que ha cambiado lo que entiende por Sistema Informático de Facturación (SIF).
Los que si que sirven, serían cualquier software con el que se pueda conservar los datos de facturación para generar registros estructurados compatibles con la AEAT, por lo que se deja fuera a las hojas de cálculo de Excel, a las plantillas de Word y a cualquier herramienta que no incorpore los estándares de seguridad y trazabilidad que exige el reglamento.
Precisamente por eso, tienes que verificar si el software que ya utilizas cuenta con la adaptación necesaria, pero ten en cuenta que no existe un sello oficial de homologación que la AEAT conceda producto a producto, son los propios fabricantes quienes declaran bajo su responsabilidad que sus programas cumplen con los requisitos técnicos de la normativa.
Por tanto, la pyme debe comprobar si su proveedor de servicios ha emitido esa declaración responsable, o si tiene prevista una actualización que la incluya, puesto que en caso contrario, toca buscar una alternativa que sí la tenga.
Llegados a este punto, solo nos queda decirte que si quieres disponer de un ERP con todas las funcionalidades que necesitas para gestionar tu empresa, nosotros, te recomendamos nuestra plataforma ToolToDo, porque de esta forma, tendrás todas las herramientas en un solo lugar y además podrás aprovecharte de todas las ventajas de la inteligencia artificial.
Por supuesto, en ToolToDo las pymes no tendrán que preocuparse por Verifactu, puesto que ya está implementado de forma nativa. Así que si quieres que respondamos tus dudas de forma personalizada, contacta con nosotros.
